En el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero con fecha de hoy 14 de septiembre de 2020 en su edición extraordinaria se informa del acuerdo por el que se modifica el porcentaje de ocupación de diversas actividades no esenciales en Guerrero.
“Que los diversos ordenamientos señalados, han obedecido al comportamiento del Semáforo Epidemiológico, y en atención al cambio en el Estado de Guerrero de dicho indicador de Amarillo a Naranja, se considera necesario realizar las modificaciones al porcentaje de ocupación de diversas actividades económicas no esenciales que se contemplaron en el Acuerdo que suscriben los Tres Poderes del Estado, para la reapertura parcial de actividades en el Estado de Guerrero por los efectos de la pandemia del COVID-19”, se indica en el texto.
Agrega que el Gobierno del Estado asume la decisión responsable de preservar la vida de las y los guerrerenses sin “ignorar la importancia de ir abriendo que se puedan abrir paulatinamente fuentes de empleo para la generación de ingresos”.
En el artículo segundo se establece que hasta el 20 de septiembre seguirá vigente y se respetará el porcentaje y aforos autorizados en el Acuerdo del 31 de agosto y será a partir del 21 al 27 de septiembre que se modifican estos para evitar el contagio de Covid-19.
Destaca que los hoteles, restaurantes, transporte público, supermercados, centros comerciales, barberías y estéticas pasan del 60% al 50% de ocupación y aforo autorizado.
Bancos, servicios religiosos, platerías y joyerías del 60% actual pasarán al 40%. Los Tribunales judiciales y laborales con previa cita pasan al 50%. En el caso de las playas, yates de recreo, servicios náuticos y deportes acuáticos se indica que pasa al 50% con un horario de 7 a.m. hasta las 18:00 horas.
Por último, en el caso de los centros nocturnos, bares y salones de eventos que sean lugares abiertos y cuenten con la aprobación de las autoridades locales seguirá con el 50% y podrán seguir abiertos hasta las 23:00 horas. También en el Acuerdo se señala que los centros nocturnos que sean lugares cerrados permanecerán con sus actividades suspendidas.
“Dentro de las instalaciones de albercas y en la franja de uso de playas, distribuir el mobiliario, como mesas, sillas, sombrillas y camastros, con una distancia de 5 metros de separación, con uso obligatorio de cubrebocas, gel antibacterial de al menos 65% de alcohol, lavado frecuente de manos, sana distancia y sanitización permanente de espacios y objetos”.
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