Se aprobó por mayoría la Minuta con Proyecto de Decreto que reforma el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de Prisión Preventiva Oficiosa, para incorporar al catálogo de delitos los relacionados con abuso o violencia sexual contra menores, feminicidio, robo de casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales, robo de transporte en cualquiera de sus modalidades, desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares.
Asimismo, la portación de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, la Fuerza Armada y la Fuerza Aérea mexicano, los delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos, y en materia de hechos de corrupción, tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio indebido de funciones.
Al fundamentar el dictamen a nombre de la Comisión de Estudios Constitucionales y Jurídicos, la diputada Celeste Mora Eguiluz dijo que con estas modificaciones se da certeza para que en los delitos de mayor grado, los imputados permanezcan bajo la custodia del Sistema Judicial Penal, protegiendo a las víctimas y facilitando el buen manejo de la investigación.
Destacó que la minuta también contempla que la prisión preventiva oficiosa deberá evaluarse para determinar la continuidad en su aplicación, a partir de los cinco años cumplidos de la vigencia del decreto federal, conforme a los criterios del Sistema Nacional de Seguridad Pública, así como la eficacia y la eficiencia de esta de esta medida cautelar.
