Con el objetivo de incluirlos en la participación activa y permanente en los ámbitos social, económico, político, cultural y recreativo, los diputados de la LXI Legislatura local aprobaron la Ley para la Atención, Inclusión y Desarrollo de las Personas con Discapacidad del Estado de Guerrero.
En tribuna, la diputada Isabel Rodríguez Córdoba precisó que esta Ley está fundamentada en el marco legal establecido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad, el Convenio 159 de la Organización Internacional del Trabajo y la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.
La también presidenta de la Comisión de Atención a Personas con Capacidades Diferentes recordó que a dicha Comisión le fueron turnadas cuatro iniciativas de distintos grupos parlamentarios, todas tendientes a favorecer a dicho grupo vulnerable, mismas que fueron sometidas a estudio y conjuntadas en sus aspectos centrales para enriquecer el proyecto final.
De manera enunciativa y no limitativa, esta Ley reconoce a las personas con discapacidad, sus derechos humanos y mandata el establecimiento de las políticas públicas estatales necesarias para su ejercicio.
Agrega que las personas con discapacidad en el estado de Guerrero gozarán de todos los derechos que establece el orden jurídico mexicano, sin distinción por origen étnico o nacional, género, edad, condición social, económica o de salud, religión,
opiniones, estado civil, preferencias sexuales o cualquier otra característica propia de la condición humana o que atente contra su dignidad.
Asimismo, establece medidas contra la discriminación por motivos de discapacidad, con la finalidad de prevenir, atender, corregir y sancionar que una persona con discapacidad sea tratada de una manera directa o indirecta menos favorable que las demás personas.
También contempla apoyos de carácter específico destinados a prevenir o compensar las desventajas o dificultades que tienen las personas con discapacidad, en la incorporación y participación plena en los ámbitos de la vida política, económica, social y cultural.
Contempla que las dependencias y entidades de la administración pública estatal y municipal, en el ámbito de sus respectivas competencias, garanticen el derecho a la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad, a través de medidas contra la discriminación y acciones afirmativas que les permitan la inclusión plena.
Dichas dependencias y entidades deberán adoptar medidas de acción afirmativa para aquellas personas con discapacidad que viven discriminación, como son las mujeres, las personas con discapacidad severa y múltiple que les impide tener una vida independiente, las que viven en el área rural, en situación de abandono, de calle, o bien no puedan representarse a sí mismas.
Establece que las personas con discapacidad tienen derecho a la accesibilidad universal y a la vivienda, por lo que se deberán emitir leyes, reglamentos y demás ordenamientos que garanticen la accesibilidad obligatoria en instalaciones públicas o privadas, que les permita el libre desplazamiento en
condiciones dignas y seguras. Dichas medidas incluirán la identificación y eliminación de obstáculos y barreras de acceso.
Promueve igualmente acciones tendientes a facilitar el desplazamiento en los espacios laborales, comerciales, oficiales, recreativos, educativos y culturales, mediante la construcción de las instalaciones arquitectónicas apropiadas, de acuerdo con las recomendaciones del diseño universal.
Y para asegurar la accesibilidad en la infraestructura básica, equipamiento, entorno urbano y espacios públicos en general, se contemplará, el uso de señalización, facilidades arquitectónicas, tecnologías, información, sistema braille, lenguaje de señas, ayudas técnicas, perros de asistencia o animal de servicio y otros apoyos,
Destaca que los Ayuntamientos Municipales garantizarán y vigilarán el cumplimiento de estas disposiciones y suscribirán convenios de colaboración con establecimientos públicos, centros comerciales, plazas, comercios, escuelas, mercados, hospitales, restaurantes, hoteles y todo aquel comercio que tenga estacionamientos para consumidores, se contemple 50% de descuento en las tarifas para personas con discapacidad.
El dictamen con proyecto de Ley para la Atención, Inclusión y Desarrollo de las Personas con Discapacidad del Estado de Guerrero fue aprobado por unanimidad.